Ayer, día 1 de agosto, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de la nueva Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales.   

El anteproyecto de la nueva Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los animales, fue aprobado ayer, día 1 de agosto. La finalidad de esta nueva legislación es luchar contra el maltrato animal, el abandono y el sacrificio injustificado. Se pretende con ella la integración de los animales a la sociedad actual de nuestro país.  

Se busca con ella llegar a abandono, maltrato y sacrificio cero. A la vez, pretende uniformizar la heterogénea normativa autonómica existente hasta el momento en esta materia.  

El objetivo fundamental del nuevo texto aprobado es simplificar y dar coherencia al régimen jurídico de protección animal  

El texto endurece las condenas por maltrato animal, puesto que modifica el Código Penal existente hasta la fecha. A partir de ahora, se aplicarán penas de hasta 18 meses de prisión por actos de maltrato animal que impliquen la atención veterinaria del animal.  

Del mismo modo, las penas llegarán a ser de 24 meses si hay muerte del animal o de hasta 3 años si hay agravantes. Adicionalmente, se contemplará la posibilidad de inhabilitar hasta 5 años la convivencia o el trabajo con animales.  

También se endurecen las penas económicas y se contemplan sanciones de hasta 200.000 euros. Otra novedad es la incorporación de la violencia instrumental contra animales como agravante en casos de violencia de género.  

Esta nueva normativa establece obligaciones comunes para todos los ciudadanos de este país que sean responsables de animales de compañía o de animales silvestres 

La tenencia responsable de los animales de compañía es uno de los puntos clave de esta ley. Se refuerzan los conceptos de integración en la sociedad, convivencia, sanidad y respeto por los derechos animales.  

Por ello, la nueva normativa obligará a los nuevos propietarios de perros a hacer una formación previa. Se plantea la necesidad de realizar un curso online gratuito que tendrá una validez indefinida.  

Además, tanto “mascota” como “dueño” deberán superar una prueba para “valorar su aptitud para desenvolverse en un ámbito social”. Es decir, una prueba de sociabilidad. Falta definir si esta prueba será necesaria para todos los perros y concretar cuál será el contenido y la forma que esta tendrá.  

Un punto adicional será que todo responsable de un de perro necesitará la contratación de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. 

El sacrificio de animales de compañía queda vetado y limitado. Este solo se autorizará por razones sanitarias, de salud pública u otros criterios veterinarios

La nueva ley prohíbe el sacrificio de animales sanos

La nueva normativa prohíbe explícitamente dejar nuestros perros solos más de 24 horas. Para el resto de las mascotas se estipula un límite de 3 días. Se limita y prohíbe del mismo modo encerrar animales en terrazas, patios o sótanos por ese periodo.  

Además, se planea la creación de un registro estatal de animales de compañía

Se pretende con ello poder contar datos oficiales sobre el abandono, maltrato y adopciones.  

Así, mediante este sistema centralizado estatalmente, esperan impulsar la actuación coordinada de entidades y administraciones públicas. Y paralelamente, poder coordinar las comunidades autónomas y los entes locales.  

Con esta medida también se pretende homogeneizar y facilitar los procedimientos para todos los animales extraviados, abandonados o desamparados. 

La nueva normativa prevé, además, una regulación de las entidades de protección animal y los profesionales del comportamiento. Para ello, se contempla el establecimiento de algunas formaciones mínimas para ejercer este tipo de actividades.  

La ley expone que la identificación y la vacunación de animales domésticos será obligatoria, siendo obligación para los responsables de ellos

En lo que respecta a los negocios y las actividades comerciales con animales, la nueva normativa prohíbe la comercialización de animales en tiendas de mascotas. La exposición en público con ánimo comercial de perros, gatos o hurones quedará prohibida. También se ha regulado la exposición y compra de otras especies. 

La cría de animales solo podrá ser efectuada por parte de criadores autorizados. Y en el caso de la cesión de animales entre particulares, se expone que deberá ser “en todo caso, gratuita y quedar reflejada por contrato”. 

Las prácticas de peleas de gallos o tiro al pichón, así como los espectáculos de circo con animales salvajes, quedan rotundamente prohibidas

En cuanto a los centros zoológicos y delfinarios, se plantea su conversión de ellos a centros de recuperación de especies autóctonas. A fin de evitar el sufrimiento animal, los animales que participen en romerías, cabalgatas o procesiones no podrán ser inmovilizados.  

Esta nueva ley no contempla por el momento la práctica de las corridas de toros, ni los encierros o “correbous”.  Tampoco afecta en ningún modo a los animales de granja o a los animales de laboratorio, que continuaran rigiéndose por la normativa de bienestar existente hasta la fecha.  

Puedes conocer el contenido íntegro de esta nueva ley aquí.

 

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